19 de julio de 2013

EL JURADO POPULAR A DEBATE

Esta escena se vivía hace tan sólo seis días. Se trata de José Bretón escuchando con mirada hierática el veredicto de un jurado popular que dictaminaba de forma unánime su culpabilidad por el doble asesinato con alevosía y la agravante de parentesco de sus hijos Ruth y José. El veredicto lo emitían siete mujeres y dos hombres todos ellos anónimos, que contaban con la responsabilidad de decidir sobre el futuro de un hombre que ha tenido en vilo a la opinión pública desde el pasado 8 de octubre de 2011. 


Vídeo en el que José Bretón es declarado culpable

El Jurado Popular es un órgano judicial que data de muy antiguo, en concreto se tienen referencias de su existencia en antecedentes clásicos como las Heliastas griegas o el Derecho visigodo. En España vio la luz exportado por Francia con la llegada de la invasión napoleónica estando entonces vinculado a una forma reaccionaria de lucha contra el antiguo régimen, además de una "estratagema" para que los antiguos liberales se pudieran proteger de una justicia excesivamente severa con los más exaltados. Tras varias idas y venidas a lo largo de estos años, el bando del General Mola decidió eliminar en 1936 este Tribunal de forma definitiva, hasta que el pasado 24 de noviembre de 1995 volvía a renacer precedido de una enorme polémica. 




Su inclusión en el ordenamiento jurídico está considerada como una de las reformas judiciales que han suscitado mayor polémica. Aún hoy cuenta con sus adeptos y detractores. Lo que está claro es que a nadie le deja indiferente, porque ¿acaso una serie de personas indoctas en la materia legal pueden decidir sobre la culpabilidad o inocencia de un reo?. Son muchas las voces que se alzan en contra de esta institución reclamando que se modifique la normativa que lo regula contenida en la Ley Orgánica 5 de 1995, y se elimine el artículo 125 de la Constitución que le abre las puertas disponiendo que "los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la administración de justicia mediante la institución del jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales". 

La Ley del Jurado es una ley tímida puesto que en España no existe la misma tradición que en el resto de países que sí usan habitualmente esta figura jurídica. El jurado popular no juzga todos los delitos, sólo atiende a procesos en los que se juzgan casos de homicidio o asesinato, cohecho, allanamiento de morada, omisión del deber de socorro, incendios forestales o malversación de fondos públicos entre otros. Eso sí, no puede determinar ni la cuantía ni el grado de la pena, si no que su labor sólo se reduce a dictaminar si existe o no culpabilidad sin la interferencia de un juez profesional. Son las diferentes Audiencias Provinciales las que eligen a los jurados populares. Su selección se determina por un sorteo que se celebra  los años pares, y que determina el equipo que formará parte del jurado durante los dos años siguientes. Tras el periodo de alegaciones se establecen grupos de 36 candidatos que formarán definitivamente el jurado popular. La defensa, el Fiscal y la acusación correspondiente se pondrán de acuerdo para elegir a los candidatos definitivos que estarán presentes en el juicio siendo nueve ciudadanos titulares, y dos suplentes.

Juicio con Jurado Popular

Todo lo que rodea al Tribunal del Jurado ha sido objeto de debate o discusión. Se ha polemizado en torno a su competencia territorial y a la dureza de los temas judiciales que trata ya que al fin y al cabo son personas no doctas en asuntos judiciales. También se ha señalado su falta de preparación técnica, y su posible influenciación por la dureza de los temas o las opiniones de la calle.
Buena parte de los juristas y magistrados desconfían de la efectividad de los jurados populares, además consideran que estadísticamente se ha demostrado que sus dictámenes son los más duros. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, ocho de cada diez casos juzgados por los Jurados Populares terminaron declarando culpable al reo. Un dato que destaca del 54% de las declaraciones de culpabilidad emitidas por los jueces.

El Jurado Popular es un tribunal que ha tenido grandes aciertos, pero también aparentemente algunos errores mediáticos que le han puesto directamente en la picota de la opinión pública. El caso más flagrante se produjo el 9 de octubre de 1999 durante el juicio de Rocío Wanninkhof. El Jurado condenó a Dolores Vázquez a 15 años de prisión por el asesinato de la joven. Lo más grave de todo es que los medios de comunicación y la opinión pública ya la habían juzgado con anterioridad. Una muestra de ADN encontrada en un cigarrillo determinó que era la misma que se había encontrado en el caso de la joven Sonia Carabantes. El jurado dispuso que Tony King había actuado acompañado de otros sin determinar quiénes. Dolores Vázquez salió de la cárcel aunque no fue declarada inocente, ya que no se volvió a celebrar un nuevo juicio. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía instó el juicio para que se celebrase otro nuevo en base a la falta de motivación del veredicto por parte del jurado y pidió además que se formase uno nuevo. Pero no sucedió nunca porque el Fiscal y la Audiencia Provincial de Málaga consideraron dejar las cosas tal cual estaban. El error de aquel indicio fue del juez instructor como de la seccion de la audiencia provincial. No fue éste el único error que se produjo ya que el Juez de Instrucción dictaminó el ingreso en prisión de Dolores Vázquez sin permitirle la libertad condicional.


Dolores Vázquez

Otro de los casos más polémicos fue el juicio al ex presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps y el ex secretario del PP valenciano Ricardo Costa. El Jurado popular declaró a Camps "no culpable" de los delitos de apropiación indebida y cohecho. Una decisión polémica que suscitó un enorme debate en los medios de comunicación.


Ricardo Costa y Francisco Camps (Foto Cadena SER)

Los españoles estamos capacitados para elegir a nuestro presidente del gobierno, y también lo estamos para participar en la administración de justicia dictaminando si el acusado es o no culpable en base a las pruebas aportadas, porque recordemos un dato importante: quien impone la condena es el juez, el jurado solo motiva. Tendríamos eso sí que estar capacitados para decidir en base a las pruebas que se presentan en el mismo momento en que se celebra el juicio, y se necesitaría alguien que valorase si lo presentado en un Tribunal Jurado es suficiente para enervar la presunción de inocencia. Ademas el sistema que tiene nuestro procedimiento jurídico español no es ágil  ya que no permite la introducción de novedades que serían más que necesarias. Este sistema está dirigido por la instrucción y consiente que mediante el testimonio se puedan valorar declaraciones de testigos realizadas con anterioridad. Ésto vicia al Tribunal del Jurado porque puede ser sabedor de los hechos que se suscitan en el momento del juicio. La Ley del Jurado data del año 1995 (aunque entró en vigor meses después en 1996), pero sigue pautas inflexibles en cuanto la aportación de pruebas. El jurado lo que hace es que valora la prueba y lo que hace la ley del jurado es limitar la práctica de esta prueba. Además el hecho de que el abogado, el acusado y el fiscal estén sentados en la misma linea, y no en mesas diferentes, determina que no contenga componentes del sistema jurídico anglosajón. 

La sociedad española ha querido tener un jurado pero paradógicamente le tiene miedo por lo que se ha limitado los delitos sobre los cuales es competente. En la actualidad la ley del jurado se encuentra sometida a una enorme crítica. Por ponerles un ejemplo, cuando se está juzgando un delito de asesinato al que se le añade otro de lesiones y otro más de violación se lleva a cabo en su mayoría por Tribunales Profesionales y no a través del jurado popular. El Tribunal Supremo está poniendo cada vez más límites a que los jurados populares juzguen estos casos, prefiriendo a los tribunales profesionales. 
Es normal que el Tribunal del Jurado tenga un comportamiento falto de experiencia. Además los jueces tampoco colaboran en consentir o permitir la declaración de testigos. El presidente del Tribunal debería facilitar la declaración de los testigos y las preguntas de los abogados aunque sean incisivas y no limitarlas a no ser que haya un abuso por parte del abogado. El espíritu y la ley del Tribunal del jurado es que la prueba se practique en este acto. Además no puede permitir que cuando algún testigo no recuerde en el juicio algún detalle, se le espete la frase "se ratifica en su declaración" ya que es posible que no sea así. El abogado debe buscar la contradicciones de los testigos a fin de hacer la mejor defensa posible de su cliente y que el jurado tenga la duda en el momento de emitir el veredicto para tener más libertad en las preguntas, y el juez debería a su vez consentir que haya preguntas, para poner de manifiesto estas contradicciones en el caso de que existan. Estamos de acuerdo en que el Tribunal del Jurado amplié su ámbito de competencia a otro tipo de delitos, porque el español si es mayor de edad también lo es para decidir si un reo es o no culpable siguiendo la estela de los países de nuestro entorno.

El gran error del Tribunal del Jurado es que en vez de estar aislado, está en la calle por lo que escucha los medios de comunicación pudiendo estar influenciado por ellos, algo que ocurre sobre todo en los juicios mediáticos como el del asesinato de Rocío Wanninkhof. En este caso, el tribunal del jurado no sólo no estuvo aislado, si no que contó con seis días de vacaciones cuando el juicio estaba a apunto de terminar, tiempo suficiente para que pudiera verse influenciado por los medios de comunicación. 
El procedimiento del jurado es muy limitativo, ya que nosotros no podemos elegir al equipo humano que nos va a juzgar. Y su cualidad de "humano" le hace proclive a cometer errores. Ya lo decía el poeta estadounidense Robert Lee Frost "El jurado está compuesto de personas, elegidas para decidir quien tiene el mejor abogado". 

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