27 de mayo de 2013

DESAHUCIOS, EL TALÓN DE AQUILES DEL GOBIERNO

"Al comprar una casa, piensa en el vecino que adquirirás con ella", un refrán popular que tiene mucha razón, sólo que a veces no hay que mirar a los que viven con nosotros puerta con puerta, si no a un vecino algo más incómodo, con el que mantendremos una relación casi matrimonial de a veces engaño: nuestra entidad bancaria y la hipoteca. Una relación que en los últimos años está siendo uno de los talones de Aquiles de nuestra política económica.
Los datos son más que alarmantes. La crisis económica y el desempleo han llevado a que el pasado año casi 40.000 familias tuvieran que entregar sus casas a los bancos por no poder hacer frente a sus hipotecas. Según datos del Banco de España, 20.972 viviendas fueron entregadas de forma voluntaria, en el resto de casos intermedió una orden judicial de desahucio. Parecen sólo números pero esconden tras ellos la historia de miles de familias que un buen día tuvieron que entregar "al incómodo vecino" su vivienda habitual. Una dolorosa situación que afrontan las familias, pero ¿qué pasa con los bancos? ¿no tendrían también ellos parte de responsabilidad?

En la actualidad las entidades bancarias no responden de la misma manera, y eso a pesar de que muchas veces los desahucios se deben a errores cometidos con anterioridad por el analista que llegó a otorgar un crédito hipotecario a quienes no tenían capacidad para afrontarlo. De hecho muchos de estos créditos otorgados en su mayoría por las cajas de ahorros llegaron a concederse de forma negligente buscando trucos como el aportar imposibles avales cruzados que fingían aparentar una solvencia que no existía. Y la realidad es que el error no es solo del deudor si no del banco que no actuó de forma diligente. En su mayoría Cajas de Ahorros cuya política ha llevado a la desaparición de muchas de ellas y a otras a ser recapitalizadas mediante impuestos de los contribuyentes. Esto sucedía porque en muchas ocasiones el crédito hipotecario era superior al valor del inmueble y mediante una tasación más alta se permitía conceder créditos al consumo, de tal manera que cuando comprabas una casa, además el banco te financiaba el IVA, el coche, la tarjeta de crédito y hasta un viaje al Caribe. ¿Y estos bancos que hicieron estas prácticas pueden exigir al deudor que responda por su obrar negligente? ¿No sería también responsable el analista y el director de la sucursal?. Y ya no decimos en los grandes créditos la responsabilidad de los gestores. Y sin embargo al final los que responden son los deudores que estimulados por la avaricia de los banqueros bancarios les llevaban a pedir un dinero que en muchos casos no necesitaban. Y como decimos, el cobrador siempre llama dos veces.
La realidad es que el banco también es un inversor y el desahucio significa el fracaso de un negocio en común entre el prestatario y el prestamista que invirtió dinero. De hecho hasta ahora, la tasación del inmueble se llevaba a cabo por una compañía indicada por la entidad. Si a esto le añadimos la ya de por sí complejidad de las cláusulas y de las fórmulas de los contratos hipotecarios, nos lleva a considerar que también debería existir responsabilidad bancaria.

Las inversiones fallidas de la entidad se derivan en un perjuicio para los accionistas porque sus acciones se devalúan. Y este perjuicio económico se deriva a su vez a los contribuyentes que son los paganos de una gestión en la cual no han participado. Por tanto la responsabilidad del banco también debería ser en perjuicio de los propios accionistas tanto de los pequeños como los grandes. Y por supuesto, de aquellos que han prestado dinero a los bancos o cajas mal gestionados, por ejemplo, inversores del Norte de Europa que prestaban fácilmente ante la alegría de obtener unos buenos intereses.
Consideramos por tanto que en estos casos debería aplicarse el llamado "Concurso de acreedores", un procedimiento legal según el cual se buscaría que todos participasen en las pérdidas de manera igualitaria. Esta figura jurídica protegería a los más débiles y perjudicaría a aquellos que han especulado y han sido responsables de la mala gestión, como los administradores de la sociedad o sociedades relacionadas con el concursado, y sobre todo los que han prestado al banco dinero alegremente.

El pasado día 15 de mayo entró en vigor la reforma de la Ley hipotecaria. Aunque se ha quedado corta, entre sus novedades amplia de uno a tres meses el número de cuotas impagadas para solicitar la ejecución hipotecaria. También pone coto a los intereses de demora. En la anterior ley podían llegar a alcanzar el 29%, una tasa que hacía muy difícil su pago teniendo en cuenta que el precio del dinero se encuentra al 4%.
Existe sin embargo otra posibilidad a la que podían acogerse los usuarios y es la llamada "Ley Azcárate" fechada en 1908, que perseguía la usura. Esta normativa todavía está vigente pero casi ningún juez la aplica. Sólo en su artículo 1 dispone que "Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino". Hemos tenido que acudir al Tribunal Europeo de Justicia, para que dicte una sentencia sobre las cláusulas leoninas cuando hace más de cien años nuestros legisladores lo habían desarrollado. Esta vez no podemos dar el grito de Unamuno "¡que inventen ellos!" porque en este caso particular nosotros ya lo habíamos hecho con antelación. Y nos preguntamos: ¿por qué no se ha aplicado esta ley durante estos años cuando sigue vigente y no ha sido derogada? Ya hace un siglo nuestro gobierno pensaba que había que poner límite a los abusos de los prestatarios sobre los prestamistas, pero ni siquiera hoy en pleno siglo veintiuno, se ha logrado erradicar. Parece ser que nuestros gobernantes del siglo pasado tenían más sensibilidad social que los que les han sucedido.
Todos conocemos y sabemos lo difícil que es obtener una hipoteca y la tediosa e innumerable documentación que hay que entregar. Además las hipotecas son contratos de adhesión que no son controlables entre el hipotecado y el banco. Es por ello que muchas veces se llegan a firmar documentos sin saber realmente lo que estamos rubricando.

El movimiento social derivado del incremento de los desahucios, ha conseguido agitar las conciencias de los españoles respecto al comportamiento de las entidades bancarias con los ciudadanos, y ha motivado la creación esta nueva Ley Hipotecaria. Aunque contiene algunas ventajas, consideramos que es insuficiente para proteger a los consumidores y a quienes realmente lo necesitan.
El agitador social es una figura necesaria en estos tiempos, aunque podamos o no compartir su programa y en nuestro caso estemos en las antípodas ideológicas. Porque sin ellos estaríamos todavía con la abusiva "Cláusula suelo", y con los intereses leoninos.
El conocido Profesor Jorge Verstrynge participa en los movimientos sociales de forma generosa y desinteresada, porque entiende que hay que hacer un llamamiento a la sociedad española para que termine la sangría de las hipotecas donde el perjudicado es el desalojado y el contribuyente pagano. Los acreedores nacionales o extranjeros demandan que ellos prestaron el dinero a cambio de un generoso beneficio que no quieren perder, si no que se les devuelva y por ellos exigen que los contribuyentes se hagan cargo de las deudas a cambio de que esas deudas se paguen mediante un préstamo proveniente de la Unión Europea, es decir, repartir las deudas entre todos para beneficiar a quien se ha equivocado.

La redacción de la nueva Ley hipotecaria ha venido precedida de enorme polémica. La portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Ada Colau pidió ante el congreso la creación de una nueva ley mediante una iniciativa legislativa popular, que regulaba tres aspectos fundamentales: la dación en pago como fórmula para extinguir la deuda hipotecaria, la moratoria de todos los desahucios por ejecución hipotecaria de viviendas habituales y ampliar el alquiler social de las viviendas en manos de las entidades bancarias. No podemos compartir su opinión en su totalidad porque cuando se desahucia a alguien es un fracaso de la sociedad incluyendo al banco, pero si se presta y no se devuelve hay que conjugar los dos factores: primero el social y el deseo de que nadie pueda ser expulsado de su casa a no ser que medien casos extremos, y segundo que los accionistas de los bancos no pierdan su dinero invertido en acciones, pues los rendimientos de éstas sirven como fondos de pensiones de mucha gente que ha ahorrado su dinero durante toda su vida para pagar las universidades o los colegios de sus hijos o de sus nietos, comprar una vivienda o tener una mejor calidad de vida en la vejez.

Es por ello que consideramos necesario conjugar el libre mercado, beneficiar al accionista y proteger al más débil pero no al más caradura, sin olvidar que quien invierte también quiere ser remunerado, y hay pequeños ahorradores que también tienen que tener voz y presencia.
¿Están de acuerdo en la creación de una nueva ley hipotecaria? ¿Consideran que haría falta una reforma de mayor calado?