Ya adelantamos en nuestro artículo "LOS BENEFICIOS OCULTOS DE LA BANCA QUE PAGA USTED" la noticia que este viernes aparece en todos los medios económicos. El Fondo Monetario Internacional, teme que llegue a producirse en Europa un "Lehman Brothers". Según la institución, el epicentro estaría en la excesiva exposición de la banca europea a la deuda pública. Para Simon Johnson, ex economista jefe de la institución, las entidades financieras se encuentran faltas de solvencia ya que están demasiado expuestas a la deuda; ésto genera que tengan poca capacidad de hacer frente a posibles e inminentes pérdidas, lo que llevaría a que pudiera llegar a desatarse un colapso financiero. Por eso Europa teme su propio "Lehman". Les recordamos que este coloso financiero, símbolo del capitalismo estadounidense, se desplomó el pasado 15 de septiembre de 2008 al no poder hacer frente (con un pasivo valorado en 613.000 millones de dólares) a las sacudidas de la crisis económica. Su desplome marcaba el inicio de la que está considerada la mayor crisis económica desde la Gran Depresión. Lehman Brothers es en sí mismo la metáfora de la gran hipocresía del sistema económico estadounidense, que escondía tras el simbolismo de esplendor de este tótem financiero el talón de Aquiles de su propia insolvencia.
Ya lo decía el propio Aristóteles "No se puede ser y no ser algo al mismo tiempo y bajo el mismo aspecto", así definía el célebre filósofo griego una explicación que podría derivarse de la engañosa actitud de la Banca española. Una Banca que juega a ser y no ser, a hacer y no hacer al mismo tiempo.
Hace unos días hablábamos de las cláusulas abusivas que contienen los contratos hipotecarios. No debemos olvidarnos de los abusos bancarios que se comenten en los préstamos para créditos al consumo, en los que la banca nos presta un dinero que esconde en su interior un regalo envenenado, como el que escondía la "suculenta" manzana que la bruja le dio "generosamente" a Blancanieves.
El caso que les vamos a plantear está basado en hechos reales. Hace cinco años, una pareja decidía pedirle a su banco habitual un crédito por valor de 60.000 euros. Buscaban con ello poner en marcha un negocio común. Las dos partes pactaron un interés nominal de un 8% e intereses de demora por incumplimiento al 29%. Tres años más tarde, la crisis les llevó a no poder hacer frente a los pagos. El banco les reclamó su deuda inflada por unos intereses de demora desorbitados. Se iniciaba así el proceso de ejecución, ya que la pareja no podía hacer frente a su deuda. Blancanieves había mordido la manzana.
Este caso está siendo muy habitual. Desde el inicio de la crisis, el auge del desempleo y el empobrecimiento de los ciudadanos, está llevando a que miles de familias no puedan hacer frente a los créditos con los que habían llegado incluso a avalar sus casas. Muchos se han encontrado con la sorpresa de perder su vivienda.
Consideramos que la banca no puede pedir intereses de demora por créditos al consumo de hasta un 29%. Esta práctica es leonina y totalmente usuraria. Es una barbaridad si además tenemos en cuenta que las entidades están cogiendo dinero prestado por el Banco Central Europeo a un interés del 0,50% y lo colocan entre 5 y 7 puntos por encima del valor del interés legal del dinero, que este año se sitúa en el 4%. Consideramos que la sociedad debe hacer frente a este abuso y pedir en el Parlamento que los créditos al consumo tengan el mismo tratamiento que los hipotecarios en cuanto a los intereses de Demora. Creemos que deben dictaminarse leyes más explícitas que luchen contra ello. El interés de demora es un castigo por incumplimiento de contrato que no puede ser lesivo para una de las partes. Es verdad que es la penalización que se paga por la falta de cumplimiento contractual, pero es cierto también que las consecuencias no pueden ser tan lesivas para una de las partes.
Nuestro ordenamiento jurídico cuenta en la actualidad con la llamada Ley Azcárate, una normativa legal que entró en vigor en 1908 y que hoy en día continúa vigente. Se le conoce como la Ley contra la usura. Esta normativa todavía se encuentra en vigor pero casi ningún juez la aplica. Sólo en su artículo 1 se dispone que "Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales". Debemos tener en cuenta que muchas veces los prestamistas firman las cláusulas contractuales sin saber a ciencia cierta a qué se han obligado, ya que las entidades no explican bien la parte negativa de los contratos. Han transcurrido ya más de cien años desde la redacción de esta ley y la situación usuraria de los préstamos no ha cambiado. Nuestros legisladores de entonces pensaban que había que poner coto a los abusos de los prestatarios sobre los prestamistas, pero esta situación sigue sin cambiar.
Es bastante común, que los contratos de créditos al consumo establezcan intereses de demora por incumplimiento superiores al 20% . El artículo 19,4 de la Ley de Crédito al Consumo dispone que "en ningún caso se podrán aplicar a los créditos que se concedan un tipo de interés que dé lugar a una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero”. Y estamos hablando de que en algunos casos supera en 5 y 7 veces el interés legal del dinero. Además según dispone el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) en su artículo 85,6, las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario serán abusivas cuando "supongan la imposición de una indemnización desproporcionadamente alta al consumidor y usuario que no cumplan sus obligaciones"
Las entidades bancarias deberían tener en cuenta estas disposiciones y mirar un poco más a favor de los consumidores. Entendemos que los bancos quieran defender y asegurar la devolución de su dinero prestado, pero no con cláusulas abusivas y más en tiempos de crisis. Consideramos que las entidades bancarias están incumpliendo en muchos casos estas disposiciones, la mayor parte de las veces los consumidores desconocen que disponen de estas herramientas legales. Hay que estimular a los usuarios y consumidores para que acudan a los bancos y juzgados para defender sus derechos. Estos mecanismos que aquí les explicamos existen, y es importante que ustedes sepan que es viable y posible acabar con estas prácticas.
Una vez más abogamos por la lucha a favor de las personas frente a las instituciones bancarias cuando no cumplen el objeto para el que fueron creadas, no hay que olvidar que un banco es una ficha bancaria, autorizada y vigilada por el Banco de España, cuyo fin es intermediar entre alguien que le sobra dinero y alguien que le falta. Es por ello que las entidades bancarias ganan una comisión legitima siendo necesaria su función para que nuestra economía fluya y se expanda. A fin de cuentas el sistema bancario es el equivalente a nuestro sistema circulatorio. Sin él no podríamos vivir. Consideramos que las entidades con sus malas praxis han llevado a miles de usuarios a una situación desesperada y deben de replantease su funcionamiento ya que si el país sale de esta situación de crisis y los empresarios logran expandirse y contratar más trabajadores, se incrementará la economía y por tanto habrá más necesidad de crédito y será más solvente. Los bancos tendrán mayores beneficios que redundarán en el bienestar de todos y en particular de los accionistas. Ya lo decía Don Quijote: "Si acaso doblares la vara de la justicia no sea por el peso de la dádiva, sino con el de la misericordia."
Creemos que la economía debe avanzar, expandirse y crecer y de esta manera evitar que pueda caer en su propio "Lehmann Brothers". La banca debe ser consciente de que tiene que invertir y arriesgar en economía real porque sin las familias y empresas, la inversión en Deuda Pública es simplemente ir a la nada.