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18 de noviembre de 2013

Valientes pero prudentes

En el antiguo régimen, el de antes de la revolución francesa de 1789, los nobles tenían el privilegio de ser juzgados sólo por sus iguales, es decir, por otros nobles, después de la declaración de derechos, todos, incluidos los nobles son juzgados por igual tribunal, como parece que sucede en nuestros días. Pero hacemos hincapié en que sólo parece pues la realidad es bien distinta.
Paseo por los jardines del Palacio de Versalles

La nueva nobleza aprovechando el resquicio de un privilegio, la inmunidad parlamentaria, cuyo fin era proteger a los representantes del pueblo de las detenciones arbitrarias del rey, se refugian en las preguntas por escrito.

Nuestros nuevos nobles pueden acogerse a declarar por escrito para así poder pensar las respuestas y no aguantar las incómodas preguntas de los abogados a las que deben de  responder de inmediato.

 Es sorprendente que cuando se les pregunta por algún caso relacionado con la corrupción se llenan la boca de frases del tipo  "tengo ganas de que me pregunten para que se aclare todo", "siempre estoy a disposición de la justicia ", "nadie debe estar por encima de la ley", "no quiero ningún privilegio", etc., etc.;  pero, cuando llega el día señalado, entonces escurren el bulto y se parapetan tras la ley de enjuiciamiento criminal que protege a esta nueva nobleza, permitiendoles declarar por escrito.

El ex presidente Camps se ha escondido detrás de su privilegio, pero  las preguntas que nos surgen son: ¿por qué actúa de esta manera si nada tiene que ocultar?, ¿por qué le dan miedo las preguntas de las acusaciones o del juez?.

Los ciudadanos asistimos a esta comedia, que trata de ocultar la tragedia de la corrupción, sabiendo que nada podemos hacer más que indignarnos, comentándolo con nuestros amigos en charlas de café.
Francisco Camps y Esperanza Aguirre

Una elite devoradora e insaciable, con todos los resortes en sus manos, nos adormece. Francisco Camps solo tiene que responder de sus acuerdos y convenios con Iñaki Urdangarin, si todo ha sido legal ¿a que a tiene miedo?, pero más sorprendente es el comportamiento de Esperanza Aguirre con fama de valiente y que nada la arredra y sí embargo se acoge al privilegio de declarar por escrito, de no responder inmediatamente a la preguntas que le puedan formular juez, fiscal y abogados personados en el caso Gurtel; ¿qué le puede preocupar, si ella destituyó fulminantemente a sus colaboradores que fueron imputados en este caso de corrupción?.

Resulta difícil de entender para miles de españoles, que la tienen como un referente, que a la hora de la verdad se  esconda tras el burladero, no sea que el toro salga demasiado bravo.

Los españoles que no pertenecemos a esta nueva nobleza, tenemos que ver impotentes que nadie quiere parar la corrupción ni terminar con los privilegios, que no son ni de derechas ni de izquierdas, sino una forma de vida de una minoría que estrangula a la mayoría y ésta no puede defenderse mediante el voto, pues como en el antiguo régimen, es muy difícil ascender en la escala social y todos los mecanismos están en manos de esta nueva clase.

Siempre nos quedará la esperanza, de como en Italia a principios de los  noventa, un grupo de valientes jueces desmonten el sistema para dar paso a unas nuevas caras que arrinconen estos privilegios y se conviertan en verdaderos representantes de sus conciudadanos, aunque visto lo que hay no podemos ser demasiado optimistas.

Francisco Camps y Esperanza Aguirre tienen la obligación de no escudarse en la letra de la ley, deben testificar como cualquier ciudadano y predicar con el ejemplo, que para eso les pagamos.
Rita Barberá y Francisco Camps
Sorprendentemente al ex presidente Camps no lo han encontrado para que declarase el día previsto, su teléfono no estaba operativo, como no lee la prensa ni escucha ninguna noticia por radio o televisión, ni ningún amigo o vecino le pregunta por la tan ansiada declaración, como no está  informado, no acude.
Es muy común en los juzgados que un testigo retrase su declaración con cualquier disculpa para poder conocer lo que han dicho los demás, es un ejemplo para conocer el grado de respeto a los otros, sean abogados, fiscales o jueces pero sobre todo a los siervos de la gleba que tenemos derecho a conocer su testimonio bajo promesa o juramento, también es verdad que en nuestro derecho penal mentir durante la instrucción sale gratis.
Iñaki Urdangarin

Por eso, Sr. Camps no tenga miedo, el juez con solemnidad le dirá "jura o promete decir la verdad porque sino PODRÍA ser acusado de un delito contra la administración de justicia”; la palabra cable es PODRÍA, y como muy bien le habrán informado sus abogados ese condicional se queda en nada, pero tranquilo, el próximo fin de semana el teléfono estará operativo, escuchará las noticias, leerá los periódicos y hablara con sus amigos, comentando los últimos acontecimientos y se conocerán las declaraciones de los testigos.
Así da gusto declarar.

19 de julio de 2013

EL JURADO POPULAR A DEBATE

Esta escena se vivía hace tan sólo seis días. Se trata de José Bretón escuchando con mirada hierática el veredicto de un jurado popular que dictaminaba de forma unánime su culpabilidad por el doble asesinato con alevosía y la agravante de parentesco de sus hijos Ruth y José. El veredicto lo emitían siete mujeres y dos hombres todos ellos anónimos, que contaban con la responsabilidad de decidir sobre el futuro de un hombre que ha tenido en vilo a la opinión pública desde el pasado 8 de octubre de 2011. 


Vídeo en el que José Bretón es declarado culpable

El Jurado Popular es un órgano judicial que data de muy antiguo, en concreto se tienen referencias de su existencia en antecedentes clásicos como las Heliastas griegas o el Derecho visigodo. En España vio la luz exportado por Francia con la llegada de la invasión napoleónica estando entonces vinculado a una forma reaccionaria de lucha contra el antiguo régimen, además de una "estratagema" para que los antiguos liberales se pudieran proteger de una justicia excesivamente severa con los más exaltados. Tras varias idas y venidas a lo largo de estos años, el bando del General Mola decidió eliminar en 1936 este Tribunal de forma definitiva, hasta que el pasado 24 de noviembre de 1995 volvía a renacer precedido de una enorme polémica. 




Su inclusión en el ordenamiento jurídico está considerada como una de las reformas judiciales que han suscitado mayor polémica. Aún hoy cuenta con sus adeptos y detractores. Lo que está claro es que a nadie le deja indiferente, porque ¿acaso una serie de personas indoctas en la materia legal pueden decidir sobre la culpabilidad o inocencia de un reo?. Son muchas las voces que se alzan en contra de esta institución reclamando que se modifique la normativa que lo regula contenida en la Ley Orgánica 5 de 1995, y se elimine el artículo 125 de la Constitución que le abre las puertas disponiendo que "los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la administración de justicia mediante la institución del jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales". 

La Ley del Jurado es una ley tímida puesto que en España no existe la misma tradición que en el resto de países que sí usan habitualmente esta figura jurídica. El jurado popular no juzga todos los delitos, sólo atiende a procesos en los que se juzgan casos de homicidio o asesinato, cohecho, allanamiento de morada, omisión del deber de socorro, incendios forestales o malversación de fondos públicos entre otros. Eso sí, no puede determinar ni la cuantía ni el grado de la pena, si no que su labor sólo se reduce a dictaminar si existe o no culpabilidad sin la interferencia de un juez profesional. Son las diferentes Audiencias Provinciales las que eligen a los jurados populares. Su selección se determina por un sorteo que se celebra  los años pares, y que determina el equipo que formará parte del jurado durante los dos años siguientes. Tras el periodo de alegaciones se establecen grupos de 36 candidatos que formarán definitivamente el jurado popular. La defensa, el Fiscal y la acusación correspondiente se pondrán de acuerdo para elegir a los candidatos definitivos que estarán presentes en el juicio siendo nueve ciudadanos titulares, y dos suplentes.

Juicio con Jurado Popular

Todo lo que rodea al Tribunal del Jurado ha sido objeto de debate o discusión. Se ha polemizado en torno a su competencia territorial y a la dureza de los temas judiciales que trata ya que al fin y al cabo son personas no doctas en asuntos judiciales. También se ha señalado su falta de preparación técnica, y su posible influenciación por la dureza de los temas o las opiniones de la calle.
Buena parte de los juristas y magistrados desconfían de la efectividad de los jurados populares, además consideran que estadísticamente se ha demostrado que sus dictámenes son los más duros. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, ocho de cada diez casos juzgados por los Jurados Populares terminaron declarando culpable al reo. Un dato que destaca del 54% de las declaraciones de culpabilidad emitidas por los jueces.

El Jurado Popular es un tribunal que ha tenido grandes aciertos, pero también aparentemente algunos errores mediáticos que le han puesto directamente en la picota de la opinión pública. El caso más flagrante se produjo el 9 de octubre de 1999 durante el juicio de Rocío Wanninkhof. El Jurado condenó a Dolores Vázquez a 15 años de prisión por el asesinato de la joven. Lo más grave de todo es que los medios de comunicación y la opinión pública ya la habían juzgado con anterioridad. Una muestra de ADN encontrada en un cigarrillo determinó que era la misma que se había encontrado en el caso de la joven Sonia Carabantes. El jurado dispuso que Tony King había actuado acompañado de otros sin determinar quiénes. Dolores Vázquez salió de la cárcel aunque no fue declarada inocente, ya que no se volvió a celebrar un nuevo juicio. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía instó el juicio para que se celebrase otro nuevo en base a la falta de motivación del veredicto por parte del jurado y pidió además que se formase uno nuevo. Pero no sucedió nunca porque el Fiscal y la Audiencia Provincial de Málaga consideraron dejar las cosas tal cual estaban. El error de aquel indicio fue del juez instructor como de la seccion de la audiencia provincial. No fue éste el único error que se produjo ya que el Juez de Instrucción dictaminó el ingreso en prisión de Dolores Vázquez sin permitirle la libertad condicional.


Dolores Vázquez

Otro de los casos más polémicos fue el juicio al ex presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps y el ex secretario del PP valenciano Ricardo Costa. El Jurado popular declaró a Camps "no culpable" de los delitos de apropiación indebida y cohecho. Una decisión polémica que suscitó un enorme debate en los medios de comunicación.


Ricardo Costa y Francisco Camps (Foto Cadena SER)

Los españoles estamos capacitados para elegir a nuestro presidente del gobierno, y también lo estamos para participar en la administración de justicia dictaminando si el acusado es o no culpable en base a las pruebas aportadas, porque recordemos un dato importante: quien impone la condena es el juez, el jurado solo motiva. Tendríamos eso sí que estar capacitados para decidir en base a las pruebas que se presentan en el mismo momento en que se celebra el juicio, y se necesitaría alguien que valorase si lo presentado en un Tribunal Jurado es suficiente para enervar la presunción de inocencia. Ademas el sistema que tiene nuestro procedimiento jurídico español no es ágil  ya que no permite la introducción de novedades que serían más que necesarias. Este sistema está dirigido por la instrucción y consiente que mediante el testimonio se puedan valorar declaraciones de testigos realizadas con anterioridad. Ésto vicia al Tribunal del Jurado porque puede ser sabedor de los hechos que se suscitan en el momento del juicio. La Ley del Jurado data del año 1995 (aunque entró en vigor meses después en 1996), pero sigue pautas inflexibles en cuanto la aportación de pruebas. El jurado lo que hace es que valora la prueba y lo que hace la ley del jurado es limitar la práctica de esta prueba. Además el hecho de que el abogado, el acusado y el fiscal estén sentados en la misma linea, y no en mesas diferentes, determina que no contenga componentes del sistema jurídico anglosajón. 

La sociedad española ha querido tener un jurado pero paradógicamente le tiene miedo por lo que se ha limitado los delitos sobre los cuales es competente. En la actualidad la ley del jurado se encuentra sometida a una enorme crítica. Por ponerles un ejemplo, cuando se está juzgando un delito de asesinato al que se le añade otro de lesiones y otro más de violación se lleva a cabo en su mayoría por Tribunales Profesionales y no a través del jurado popular. El Tribunal Supremo está poniendo cada vez más límites a que los jurados populares juzguen estos casos, prefiriendo a los tribunales profesionales. 
Es normal que el Tribunal del Jurado tenga un comportamiento falto de experiencia. Además los jueces tampoco colaboran en consentir o permitir la declaración de testigos. El presidente del Tribunal debería facilitar la declaración de los testigos y las preguntas de los abogados aunque sean incisivas y no limitarlas a no ser que haya un abuso por parte del abogado. El espíritu y la ley del Tribunal del jurado es que la prueba se practique en este acto. Además no puede permitir que cuando algún testigo no recuerde en el juicio algún detalle, se le espete la frase "se ratifica en su declaración" ya que es posible que no sea así. El abogado debe buscar la contradicciones de los testigos a fin de hacer la mejor defensa posible de su cliente y que el jurado tenga la duda en el momento de emitir el veredicto para tener más libertad en las preguntas, y el juez debería a su vez consentir que haya preguntas, para poner de manifiesto estas contradicciones en el caso de que existan. Estamos de acuerdo en que el Tribunal del Jurado amplié su ámbito de competencia a otro tipo de delitos, porque el español si es mayor de edad también lo es para decidir si un reo es o no culpable siguiendo la estela de los países de nuestro entorno.

El gran error del Tribunal del Jurado es que en vez de estar aislado, está en la calle por lo que escucha los medios de comunicación pudiendo estar influenciado por ellos, algo que ocurre sobre todo en los juicios mediáticos como el del asesinato de Rocío Wanninkhof. En este caso, el tribunal del jurado no sólo no estuvo aislado, si no que contó con seis días de vacaciones cuando el juicio estaba a apunto de terminar, tiempo suficiente para que pudiera verse influenciado por los medios de comunicación. 
El procedimiento del jurado es muy limitativo, ya que nosotros no podemos elegir al equipo humano que nos va a juzgar. Y su cualidad de "humano" le hace proclive a cometer errores. Ya lo decía el poeta estadounidense Robert Lee Frost "El jurado está compuesto de personas, elegidas para decidir quien tiene el mejor abogado".