12 de junio de 2013

PREFERENTES, YA SON UNA POSIBLE ESTAFA

Pensando en el Juez Andreu, nos viene a la memoria esta mítica escena del clásico del género "western" "Sólo ante el peligro". En ella se ve a su protagonista Gary Cooper mirando a su alrededor con gesto de preocupación. Es la viva imagen de la severidad frente a un escenario hostil, agobiante y desolador. Poco a poco el plano de la cámara se va alejando y nos encontramos con que no hay nadie a su lado. Se encuentra solo. Nadie acude a su llamada, solos él y su estrella dorada de cinco puntas símbolo de la justicia y la equidad. Es un justiciero sólo ante el peligro.



Así estaba este martes el Juez Andreu. Sólo frente a Bankia, la Fiscalía, y la mismísima Comisión Nacional del Mercado de Valores. Un juez defendiendo que el negocio de venta de las participaciones preferentes por parte de la entidad bancaria pertenecen a sus dominios: la Audiencia Nacional. La causa, una presunta estafa que niegan la Fiscalía y el propio regulador. A pesar de ello la semana pasada el juez daba luz verde a la investigación admitiendo a trámite la primera de las cuatro querellas interpuestas contra la entidad por los delitos de estafa, estafa de inversores, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración fraudulenta y maquinación por alterar el precio de las cosas. Pero no sólo eso, este martes anunciaba que también investigará a Miguel Blesa.

Las preferentes son un producto financiero híbrido entre renta fija y acciones que carecen de fecha de vencimiento. Las entidades bancarias las lanzaron al mercado con el único fin de mejorar su solvencia. Su polémica radica en su carácter perpetuo teniendo en cuenta que legalmente nada puede serlo y atan a sus clientes a la incertidumbre perpetua de los vaivenes de los ciclos financieros. Las preferentes cuentan con otro gran inconveniente: no están garantizadas por el Fondo de Garantía de depósitos (FGD), por lo que si el banco quiebra, no recuperas el dinero invertido. Los clientes se han encontrado que una vez adquiridas, si querían recuperar su capital, sólo podían ponerlas a la venta en el Mercado Secundario y esperar a que alguien las adquiriese, algo muy difícil en plena crisis.

 En la actualidad hay cerca de un millón de personas que viven atrapadas en el drama de las acciones preferentes. En noviembre de 2011 la Comisión Nacional del Mercado de Valores dio la voz de alarma. Prohibía la compraventa de este producto financiero a precios irreales. Mostraba así la punta del iceberg del que consideramos como uno de los mayores engaños de esta crisis que ha llevado a que sus compradores hayan llegado a perder cerca del 75% del valor al que invirtieron. Son muchas las entidades financieras que han comercializado con este producto como Caixanova, Caixa Galicia, Banco SabadelCaja España-Duero y el más mediático, Bankia. La falta de información y la mala praxis es la clave en la lucha contra las participaciones preferentes. La mayor parte de los clientes no fueron bien informados a la hora de adquirir sus acciones. Las entidades bancarias primaban más la venta de estos productos frente a la buena praxis.
Los organismos reguladores han intentado luchar contra ello, sin embargo sus medios han quedado en agua de borrajas. La picaresca de nuestras entidades ha sorteado los filtros de la justicia, como el conocido como TEST MIFID. Se trata de un examen que realizan los bancos para adaptar el producto a su inversor. A partir del año 2007 las entidades estaban obligadas a imponerlo, sin embargo en muchos casos este examen se omitió. El caso más flagrante es el de Bankia, la entidad llegaba hasta a rellenar el test dejando a los clientes sólo la rúbrica final. El inversor pensaba que contrataba un producto seguro cuando en realidad era todo lo contrario. Un engaño que buscaba colocar acciones con el único fin de pintar de verde las arcas bancarias.

El Juez Andreu ha confirmado lo que ya adelantamos en este blog en contra de la opinión de la Fiscalía y de la CNMV que consideraban que no había un plan preconcebido en la intención de las entidades bancarias que habían vendido participaciones preferentes. ¿Pero qué hay más preconcebido en el mundo que diseñar un producto y venderlo en las oficinas a sabiendas de que es un engaño y va en claro perjuicio del cliente?. Hacía falta que un juez de la Audiencia Nacional nos diera la razón y el Juez Andreu lo ha hecho. Consideramos a las preferentes como un claro ejemplo de "FRAUDE PIRAMIDAL" maquinado, ideado y preconcebido desde sus inicios por los responsables del departamento de marketing que indicaban cómo y a quién venderlos, generalmente personas con poca formación. En este caso nos encontramos ante un negocio en el que tenemos que pasarle nuestro problema a otro que a su vez tendría que derivarlo a otro, y éste a su vez a otro. Un sistema que popularizó el defraudador Bernard Madoff, la diferencia es que en Estados Unidos ha sido juzgado y aquí en España, nuestros reguladores no acaban de ver la punibilidad del acto.
Estamos en la línea del Juez Andreu, y creemos que nos hallamos ante lo que constituye un claro delito de estafa, ya que se dan los elementos dispuestos en el artículo 248,1 del Código Penal que establece que "cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno"  más teniendo en cuenta que en muchos casos se ha llegado a vender este producto financiero a gentes que no contaban con la adecuada preparación. Consideramos firmemente que en el caso de las preferentes se ha realizado un acto de disposición en perjuicio propio teniendo en cuenta que algunas de las entidades sabían que se encontraban cerca de la quiebra por lo que sólo buscaban salvar sus cuentas. También nos planteamos que podríamos estar ante un delito de "Apropiación indebida" recogido en el artículo 252 del Código Penal. Según dispone, "serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable".

El Juez Andreu ha estimado más oportuno acudir a la Vía Penal. Nosotros entendemos que por razones de eficacia y a nuestro sistema tan garantista a efectos de recuperar nuestro patrimonio lo antes posible, es mejor acudir a la vía civil aunque no excluimos el agruparnos y ser parte como acusación particular en el procedimiento penal en función de lo que sea más interesante para nuestros clientes. Desde nuestro despacho ponemos a su disposición nuestra web www.preferentesjaviersaavedra.com para que puedan contarnos su caso y poder ayudarles de forma gratuita.