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22 de julio de 2013

LA BANCA, DESAFIANTE, INCUMPLIDORA Y AMENAZANTE

"Las leyes se hicieron para los hombres", pero a veces la balanza de la justicia es caprichosa, y en su eterno baibén parece mirar con mejores ojos a las entidades bancarias frente a los particulares.
Los bancos también tienen sus caprichos y se niegan a seguir a pie puntillas la sentencia del Tribunal Supremo que a pesar de que les beneficia en algunos aspectos, podría llegar a perjudicarles en sus cuentas de resultados. De esta manera tendrían que devolver lo que ilícitamente han cobrado a través de sus cláusulas abusivas. Debemos aquí recordar que el Supremo ha fallado en contra de estas cláusulas obligando a cada persona a interponer una demanda sabiendo la dificultad que eso conlleva para los particulares en el contexto de la crisis en la que estamos. No sólo porque se necesita la asistencia de un abogado y un procurador con los costes que ello conlleva, si no por las tasas que se exigen.
Creemos que más que seguir la sentencia del Tribunal Supremo, si lo que queremos es castigar a los bancos sería mejor que todos emprendiéramos individualmente demandas por la cláusula suelo que obligasen a las entidades a tener cientos de miles de pleitos que colapsaran sus servicios jurídicos viéndose obligados a pagar las costas, añadiendo el hecho de quitar las cuentas bancarias, las tarjetas de crédito o el pago de recibos a bancos que no se sometan al imperio de la ley.

El Tribunal Supremo

Por si no fuera suficiente con no cumplir las sentencias, los bancos han ideado un sistema de recobros a través del cual llaman de forma constante, a cualquier hora del día y de la noche, a las personas que tienen algún tipo de morosidad con ellos. De manera a veces violenta, con absoluta falta de educación y en tono más que amenazador, unos señores que en muchos casos dicen ser abogados y que realmente no lo son, se convierten en verdaderos "asusta viejas" que hacen la vida imposible a quienes por desgracia no puede hacer frente a sus pagos. La banca no olvida nunca sus deudas ni a sus deudores, lo cual es una obligación, pero olvida su participación en la crisis que ha llevado a miles de personas al paro y a no poder hacer frente a sus obligaciones crediticias.

Nos sigue sorprendiendo que quien ha participado en los errores que sufre la sociedad, sea además quien se permita el lujo de intimidarles, y de forma grosera o amenazante recordarles hasta la eternidad el pago de sus deudas. En esta situación, sorprende más si cabe que nuestro Gobierno y el Banco de España estén tan preocupados por personajes como Bárcenas y no caigan en la cuenta de que hay miles de españoles atrapados en la tela de araña de unos préstamos que no pueden pagar y que los banqueros a pesar de ello y estimulados por su codicia, concedían para conseguir las comisiones y los bonus sin importarles la solvencia de los clientes. El salario de los banqueros no son solamente sus altos sueldos, si no los famosos bonos y retribuciones fijados en función de los aparentes beneficios del banco y de los objetivos conseguidos. Beneficios y objetivos todos ellos que se demostraron ficticios, y que no beneficiaron nunca a la sociedad ni a los clientes ni por supuesto a los accionistas, aunque hemos de decir con respecto a los accionistas que casi siempre eran las administraciones públicas las que ponían y quitaban a los administradores en la banca nacionalizada.

El beneficio ficticio del banco lleva al bonus ficticio, que a su vez lleva a las auto indemnizaciones, que se conceden entre ellos. Pensábamos que ya habíamos visto de todo, pero nos faltaba ver como nos enviaban a sicarios emboscados en despachos de abogados para amedrantar a quienes están sufriendo en sus carnes la crisis. Los bancos deben como hemos repetido siempre, recuperar los créditos, pero no por cualquier método ya que el fin no justifica los medios y no se puede atemorizar a las personas por teléfono utilizando para ello números ocultos, porque para eso existe en el Estado de Derecho, la demanda que se puede presentar en cualquier juzgado contra el que produce el impago, sin necesidad de llamadas intimidatorias y amenazantes y despectivas. ¿Acaso vamos a convertir España en el nuevo oeste donde todo se consiente para que los bancos sigan teniendo sus beneficios y los banqueros sus bonus?. Debemos denunciar todos estos hechos cuando se reciban llamadas telefónicas de esta índole. En muchos casos es intrusismo profesional, porque aparentan ser abogados y recordemos que no lo son. Nuestra mejor forma de lucha es meter en la cláusula suelo todas las demandas individuales que podamos para colapsar a los bancos a sabiendas de que hay una sentencia de 9 de mayo del Tribunal Supremo que estima que las cláusulas suelo solo son abusivas si falta información , y se resisten a cumplirla diciendo que afecta a su cuenta de resultados, sólo tiene que devolver lo que legalmente habían cobrado al resultado. Castiga a tu banco para que no tenga beneficios contigo si él no te los concede. Que no se aproveche de ti, ya que no olvidemos que la banca sólo es un negocio.

19 de junio de 2013

BANCOS PREPOTENTES, DESAFIANTES Y SU CLÁUSULA SUELO

Ya lo decía el poeta y filósofo Emerson Ralph Waldo: "El dinero a veces resulta demasiado caro", y lo decía en pleno siglo XIX. Se ve que las cosas no han cambiado mucho desde entonces. Suponemos que Waldo estaría pensando en los préstamos bancarios y en el hecho de que nadie da un avión por un duro.
El pasado 27 de mayo analizábamos en nuestro artículo LOS DESAHUCIOS EL TALÓN DE AQUILES DEL GOBIERNO, la responsabilidad que tienen los bancos en la concesión de las hipotecas y la necesidad de que compartan los riesgos con los clientes, ya que en todo negocio que se preste, el riesgo debe recaer en las dos partes, aunque una de ellas se llame "Banco".

Este miércoles les hablamos de la Cláusula Suelo como uno de los mayores engaños al que se han visto sometidos miles de prestatarios en nuestro país y un claro ejemplo de que cuando se negocia con una entidad bancaria, quien asume el riesgo final es el cliente cuando deben de compartirlo como en todo negocio.
Se lo explicaremos con un ejemplo: Imagínese que quiere pedir un préstamo hipotecario para comprar una vivienda. Su entidad bancaria se lo concede, pero la cláusula estipula que usted pagará mensualmente el valor del Euribor (el tipo de interés al que se conceden las hipotecas en España), más un diferencial que es el beneficio que obtiene el banco por su intervención en la hipoteca. Así en dinero contante y sonante usted pagaría el precio del Euribor, que durante el mes de junio está a 0,49% de media, más un 1% o un 1,50% de diferencial estipulado por la intermediación de la entidad. Todo ello haría un total de entre un 1,50% o un 2%. En las cláusulas de nuestra hipoteca se nos dice que en caso de que el Euribor baje y se ponga por debajo del 4% (el suelo de la cláusula) la propia entidad se embolsará directamente ese diferencial de entre 1 punto y medio y 2. El engaño radica en que mes a mes el Euribor va bajando mientras que el Banco Central Europeo continúa imponiendo una senda descendente en sus tipos de interés. El fin de estas bajadas es que el crédito llegue a empresas y consumidores para así estimular la demanda interna, sin embargo los ciudadanos somos los más perjudicados mientras que los bancos incrementan sus cuentas. Ésto es absolutamente aberrante puesto que existe un pacto por el cual la entidad bancaria estipula el margen que quiere obtener de ese crédito durante su vigencia.

Para el 90% de los hipotecados estos créditos son casi de adhesión. Los clientes que firman este tipo de contratos se encuentran con enormes dificultades jurídicas en su lectura, unidas a la celeridad con la que  firman el contrato e incluso la propia obstinación por disponer del crédito con el que podrán comprar el piso y que les lleva a firmar sin leer en profundidad las verdaderas condiciones y sin entender lo que significa la cláusula suelo.

Después de mucha lucha en los tribunales, el Supremo se ha posicionado a favor de los prestatarios confirmando la sentencia de 1ª y 2ª Instancia de Juzgados y Audiencias. El Tribunal entiende que estas cláusulas son abusivas si no se explica diligentemente su contenido en el momento de la firma de la hipoteca. Y aclara que no es suficiente la mera lectura del notario, porque hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos estamos ante personas con ansiedad de comprar y desconocimiento de lo que significan los pormenores del contrato. Ésto se enmascara con un techo máximo para una hipotética subida del Euribor que podría estimarse entre el 8% y el 12% prometiendo a los clientes que una vez rebasada esta tasa no aumentará su hipoteca. Sería más fácil, teniendo en cuenta el valor actual del tipo de interés, que una civilización terrícola poblara Marte a que esta situación se produjera, por lo que consideramos que es claramente abusivo y engañoso porque no parece probable llegar a los tipos de interés de principios de los años 80 después de la segunda crisis del petroleo.

El Tribunal Supremo nos da la razón y afirma que debe haber una correspondencia entre el suelo y el techo de este tipo de contratos. En la actualidad y vistos los numerosos casos que nos llegan, estamos en disposición de decir que nos encontramos ante una práctica engañosa. La mayor parte de las entidades bancarias han hecho oídos sordos a las advertencias del Supremo, y continúan adelante con su política de cláusulas abusivas. Nuestras entidades pretenden que cada uno de los afectados vayan a hacer una demanda al Juzgado de 1ª Instancia, que pase la audiencia y llegue hasta el Tribunal Supremo para obtener la modificación de esta cláusula suelo. Es decir que el afectado pague 300 euros de tasas más el 0,01% del valor de la reclamación, más el coste del abogado y el procurador. De esta manera se asegurarían de que miles de españoles que viven ahogados para llegar a fin de mes no puedan acudir a la tutelas de los Tribunales. Estas entidades bancarias que "trafican" con la cláusula suelo no quieren aceptar su modificación aludiendo que en todo momento han obrado con claridad y transparencia.
La actitud de los bancos no deja de ser un acto de prepotencia. Conocedores de la sentencia del Supremo, continúan perjudicando y enriqueciéndose a costa de cientos de miles de españoles que han ayudado con sus impuestos a hacer frente a las deudas financieras de una banca que sólo mira por su interés.
No deja de ser una postura y un desafío frente a la sociedad y un acto totalmente falto de ética y decoro, realizado a sabiendas de la falta de recursos que tienen miles de españoles. Una falta de liquidez a la que ellos mismos han contribuido restringiendo el crédito y aprovechándose de la lentitud de nuestro sistema judicial, así como del "coto inexpugnable" que significa la Ley de Tasas.
La sociedad española no puede consentir bajo ningún concepto que unos bancos que en sí mismos son sólo una ficha concedida por el Banco de España, y sabiendo la ilicitud de sus cláusulas, las sigan manteniendo en provecho de ellos. La única solución que se nos ocurre sería que les quitaran las cuentas y los depósitos a esos bancos PREPOTENTES, DESAFIANTES Y ARROGANTES y se las dieran a las entidades que sí han aceptado, aunque sea a la fuerza, la sentencia del Tribunal Supremo.
Este dictamen viene cargado de polémica. Se ha llegado a decir que es una sentencia favorable a los intereses de la banca en cuanto a que no se pide la devolución del dinero percibido ilícitamente, pero lo cierto es que no se pidió esa devolución. Pero hace un par de semanas dos jueces, una de Orense y otra de Málaga desafiaron al mismísimo Supremo desoyendo su jurisprudencia y entendiendo que la Ley está por encima de ella, amparándose en lo dispuesto en el artículo 1303 del Código Civil que establece que "declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio de los intereses" y el Principio de Seguridad Jurídica contenido en el artículo 9.3 de la Constitución Española que establece que "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos". Ambas jueces llegaron a las entidades bancarias a devolver la suma de dinero correspondiente a la aplicación de la cláusula nula.

Vamos a esperar unos días a ver si estos bancos a los cuales no les importan los consumidores ni el sacrificio de la sociedad española, modifican su posición. De lo contrario habrá que dar los nombres y pedir a los consumidores que actúen en consecuencia no trabajando con ellos y retirando los depósitos y la cuentas bancarias y llevándoselas a aquellos que están cumpliendo aunque sea a la fuerza. Ese sin duda sería el mejor castigo.
Los bancos argumentan que podría quebrar el sistema financiero, pero la realidad es que si los accionistas y administradores han percibido unas cantidades por adelantado que eran ilícitas, hay que devolverlas. A los accionistas les han adelantado un dinero que no tenían que haberlo cobrado vía dividendos, ahora tendrían que descontarlo. Si pedimos a los bancos que devuelvan el dinero como han hecho las dos jueces de Orense y Málaga, estamos seguros que no repercutiría en el sistema financiero, si no en los accionistas. El riesgo así sería equilibrado. Seguimos manteniendo que los bancos son un negocio y no una ONG pero esos beneficios deben ser obtenidos de una manera lícita y sin abuso a los consumidores y clientes.

5 de junio de 2013

LOS ERRORES DE LA LEY HIPOTECARIA AND GIN TONICS

La frase "Spain is different" es un tópico al que a veces no tenemos más remedio que dar la razón. Con la economía por los suelos, el paro acechando al 27% de la población activa y el cada vez más alto número de desahucios, este martes el Congreso de los Diputados ardía, pero no por las terribles cifras económicas, si no por causa del alcohol. En concreto por el precio de los gin tonics. La cámara baja anunciaba que dejaría de subvencionarlos tras la polémica suscitada al hacerse públicos sus bajos precios. Debe ser que nuestros políticos no cobran lo suficiente como para subvencionarse por sí mismos el líquido elemento del Dios Baco. Desde luego su mérito tiene que el alcohol haya logrado acaparar más atención mediática que los desahucios. Es una cuestión de ética, estética y formas que subvencionemos las bebidas espirituosas de nuestros políticos mientras aumenta el número de desahucios. Tal vez los bajos precios de los que disfrutan los diputados, puedan estar detrás de los errores técnicos de las leyes que se debaten en el Parlamento, como la recién aprobada reforma de la Ley Hipotecaria. Está claro que nuestros legisladores pueden estar ebrios de poder, mientras que los desahuciados contribuye al gin tonic low cost (bajo coste).

Ha sido necesario que el Tribunal Europeo de Justicia pegue un puñetazo sobre la mesa para que se haya puesto en marcha el motor del cambio en la Ley hipotecaria. Y se ha hecho a través de una reforma que vio la luz el pasado 15 de mayo precedida de la polémica, ya que según los expertos esta normativa es técnicamente deficiente.
Hacía falta, eso sí. Los datos lo demuestran. Sólo el pasado año cerca de 40.000 familias tuvieron que entregar sus casas a los bancos por no poder hacer frente a sus hipotecas. A simple vista parecen sólo números pero esconden la historia de miles de familias que un buen día tuvieron que dejar atrás su vivienda habitual. Hoy la nueva reforma está comenzando a andar, pero nosotros nos preguntamos: ¿Soluciona el problema de los desahucios? Creemos que no, cuando ni los propios legisladores conocen nuestro sistema jurídico y ni si quiera saben interpretar la jurisprudencia.

Partimos de que en España existen dos realidades muy diferenciadas. Por un lado el Código Civil como norma básica que protege más al acreedor frente al deudor, y por otro, este reflejo procesal que no se corresponde en absoluto con las legislaciones especiales que protegen al deudor,  no solo en materia de consumidores y usuarios, sino también en lo que respecta a la nueva Ley Hipotecaria.

El gran problema que plantean las hipotecas hoy en día son las cláusulas abusivas. Es cierto que la nueva ley acoge reformas en este sentido pero adolece de numerosos errores técnicos. Frente a la idea universal de que los jueces no podían controlar de oficio la nulidad de las cláusulas abusivas en los procedimientos privilegiados por la vía del artículo 1255 del Código Civil, introduce como novedad el control de los jueces de las cláusulas nulas de oficio. De esta manera, cuando el juez observe una cláusula nula llevará a cabo la suspensión del procedimiento siendo ésto una garantía para el deudor. Esta novedad se ha llevado a cabo a raíz de la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 12 de febrero de 2013. Pero ¿cómo pueden controlarlo de oficio si nuestros procedimientos lo impiden? El criterio que se está llevando a cabo por los Tribunales es inadmitir a trámite la demanda, pues es la única manera viable para no afectar a las partes.
Otra de las modificaciones que ha introducido la nueva Ley Hipotecaria es la llamada audiencia de nulidad. Aquí el legislador confunde términos en el apartado en el que habla de una audiencia donde se convoca a las partes, y nos preguntamos ¿qué partes si a efectos prácticos solo está personado el ejecutante?. Sólo se puede hablar de partes cuando ya ha sido admitida a trámite la demanda, por lo que antes solo estaría personado el ejecutante. Parece más bien que el legislador, está pensando en un proceso declarativo y no ejecutivo. El criterio de los Tribunales en este aspecto, es mandar notificaciones a las partes para poner en su conocimiento que existen cláusulas abusivas, dándoles de este modo una especie de “pista” para una oposición. Algo que es legal desde el punto de vista garantista de la nueva Ley Hipotecaria. ¿No se ésta el juez extralimitando al llevar a cabo competencias de notificación cuando no las tiene encomendadas?

Estos fallos se deben a que el legislador no ha interpretado correctamente algunas sentencias, como la dictaminada por el Tribunal de Justicia Europeo el pasado 12 de febrero entre otras. Ésto ha llevado a la creación de una audiencia que en España no tiene cabida. En virtud, del derecho comparado  este mecanismo de  audiencia solventaría el problema que tiene Alemania, pero no el problema español.
Una de las novedades más llamativas es que las costas no podrán superar el 5% de lo reclamado. La nueva ley también establece una serie de porcentajes para fomentar la participación en las subastas. En este aspecto el legislador confunde de nuevo términos, pues habla de embargo en un procedimiento de subasta, cuando lo que tendría que haber utilizado es el término lanzamiento. De nuevo se puede apreciar que el legislador no acaba de aclararse del todo con los procedimientos.

Como última novedad a tener en cuenta es que los intereses de demora de préstamos o créditos para hipotecas constituidas sobre la misma vivienda, no podrá ser superiores a tres veces el interés legal del dinero situado este año en el 4%. Se han cometido muchos abusos por parte de las entidades bancarias al imponer intereses de demora desorbitados. Eso sí, entendemos que los bancos deben también asegurarse la devolución de los bienes en caso de impagos, pero teniendo en cuenta la posición del deudor y las circunstancias que le han llevado a no poder hacer frente a sus cuotas. Entendemos también que hay casos extremos en los que el cliente puede haber abusado de mala fe de la entidad bancaria que le prestó el dinero. Tal vez la normativa debería ser más explícita y técnica al respecto.

El Banco Central Europeo desconfía de que esta reforma solucione el problema de las hipotecas en España, al igual que tampoco lo hizo el Real Decreto 6/2012 donde se regulaba el procedimiento moratorio. La solución a nuestro problema podría ser el sistema americano de la dación en pago y la ley de segunda oportunidad. analizando ambas opciones nos parece más importante la segunda, ya que el Deudor quedaría atado a su deuda, pero tendría una segunda oportunidad para devolver el dinero. Este mecanismo ha logrado solventar el problema en los países donde se ha aplicado, por eso no entendemos que nuestros legisladores no lo hayan adoptado. La llamada "Dación en pago" se da en Estados Unidos bajo varias condiciones siendo el último recurso al que puede agarrarse el deudor en caso de impago. Esta opción sería lo más parecido al "chocolate del loro", que parece bueno, pero no lo es, ya que el propietario perdería la casa y su puesta en marcha podría desestabilizar el mercado inmobiliario. Además es también en sí misma, lo que hace que se encarezca el crédito.
Es necesario que abramos los ojos a la realidad y que seamos más conscientes del terrible problema de los desahucios. Las nuevas reformas que se están adoptando no nos están ayudando a salir de la recesión económica en la que nos encontramos. Hay un concepto en España que es el llamado “crédito responsable”. Nuestro país tampoco ha cumplido con ello.
No olvidemos que no habido ningún tipo de debate parlamentario con esta ley. El Partido Popular la puso en marcha desoyendo la opinión del resto de grupos parlamentarios. Es más, antes de su publicación ya había enmiendas en el Senado.

Los abogados no solo nos encontramos ante una ley de desconocido alcance si no que creemos que está llena de errores sustanciales por una mala interpretación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo. Además estamos ante una reforma que no sabemos bien cómo aplicar. Para ello contamos en los colegios profesionales con las llamadas “Oficinas de intermediación hipotecaria”, que ya se han implantado en 25 colegios, y esperemos que sean un cauce de ayuda para solventar este problema.

No nos equivoquemos, mientras no aprobemos una ley que recoja la dación en pago como medida coyuntural y el criterio de la segunda oportunidad “fresh start” como medida estructural, España no saldrá del problema. Seguiremos echando piedras sobre nuestro propio tejado.  No nos olvidemos que con la segunda oportunidad no solo estamos ayudando a los deudores sino también a la economía de nuestro país. ¿Acaso todos menos España saben conjugar fortaleza financiera con los derechos sociales?