25 de junio de 2013

LA TORRE DE BABEL DEL PAÍS VASCO

Las Sagradas Escrituras Bíblicas hablan de un tiempo pasado en el que los hombres vivían en paz y armonía sin existir fronteras, ni territoriales ni lingüísticas, hasta que un día movidos por la ambición de llegar más alto y más lejos decidieron cambiar su destino. Construyeron una torre cuya cúspide llegaría hasta el cielo, para no estar más dispersos sobre la faz de la tierra. Yaveh descendió a la ciudad para comprobar si lo que hacían sus hijos era bueno. Con disgusto observó que aquello que construían era una torre que simbolizaba una ambición separatista de superarle en poder y grandeza. Inmediatamente destruyó su construcción y les castigó confundiendo su lenguaje de modo que jamás se entendieran los unos con los otros. De esta manera vagaron durante milenios perdidos en sus propias diferencias, demarcando fronteras y sin recordar que hubo un tiempo en que todos pertenecían a la misma tierra.



La bíblica Torre de Babel (Génesis, capítulo 11)

Este lunes la Audiencia Nacional ponía una pequeña piedra en la construcción de la Torre de Babel de Euskadi. En una sentencia absolvía a Josetxo Ibaceta, ex secretario del alcalde de San Sebastián Juan Karlos Izaguirre, del delito de amenazas terroristas, ya que consideraba que no existían suficientes pruebas para inculparle. Además la Fiscalía consideraba que no se había producido enaltecimiento del terrorismo, a pesar de que el acusado llegó a proferir la expresión "Gora ETA militarra" (Viva la ETA militar) mientras increpaba a tres aficionados de la selección española de fútbol que celebraban el título de la última Eurocopa.
La grabación de uno de los aficionados recogió el ataque verbal, pero la Fiscalía no sustanció la acusación por este delito ya que a su parecer exclamar "Viva la ETA militar" no es enaltecer el terrorismo. El Tribunal afirmaba que esta expresión carecía de importancia puesto que se había realizado en un "contexto bronco, callejero y tabernario" propio de un partido de fútbol, sin intención alguna de alterar el orden constitucional. Cierto es que se encontraban ante una discusión "tabernaria" lo que podría ser un atenuante por estar bajo los efluvios del alcohol, pero no es lo mismo denostar a la selección española que decir un claro "Viva" a ETA.

Esto parecer chocar con la decisión tomada por el Fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, que sí observó la comisión de un posible delito de enaltecimiento del terrorismo perpetrado por varios asistentes a un acto de recepción de los restos mortales del ex miembro de ETA Javier López Peña "Thierry" celebrado en el aeropuerto de Sondika. Los asistentes llegaron a corear los gritos de "Gora ETA" y "Gora ETA militarra", sin embargo el fiscal sí observó la comisión de un posible delito. 
La Fiscalía debería precisar en qué momentos claves esta expresión constituye o no delito. Es decir, si alguien la grita en la Playa de la Concha a quien nos molesta "Gora ETA Militarra" nos preguntamos si ¿es o no delito?. Si se grita en un bar delante de un gran número de personas ¿es o no es delito? y como sucede en los mítines donde es complicado identificar a los que han gritado ¿Sería o no delito y serían o no responsables los convocantes del acto?. Creo que merecería la pena aclarar en qué situación es delito y unificar los criterios de las secciones de la Audiencia Nacional que es la punta de la lanza contra el terrorismo. De la misma manera sería conveniente no hacer distinciones en torno a la persona y el lugar donde se diga "Gora ETA Militarra", pero si nuestro código Penal no es suficientemente claro al respecto habría entonces que plantearse la opción de pedir a nuestro legislador una modificación.

Igualmente poco benévola fue la Audiencia Nacional con Arnaldo Otegi. La Sección Cuarta de la sala de lo Penal del Tribunal condenó al ex portavoz de Batasuna-ETA a dos años de cárcel y dieciséis meses de inhabilitación por enaltecer el terrorismo durante el homenaje que se le dedicó al etarra José María Sagarduy, alias Gatza el pasado año 2005. Según la sentencia, el ex portavoz de Batasuna exclamó en referencia a la lucha en Euskal Herria: "se lo debemos a los presos políticos vascos, refugiados y tantos camaradas que hemos dejado en la lucha y lo conseguiremos".

Arnaldo Otegi

El delito de enaltecimiento del Terrorismo a veces siembra la duda, sin embargo nuestro Código Penal es claro respecto a lo que supone. En su artículo 578 dispone que "el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este código (se refiere a delitos del terrorismo) o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años". A lo que añade el artículo 579 que "la provocación, la conspiración y la proposición para cometer delitos previstos en los artículos 571 al 578 se castigarán con la pena inferior de uno a dos grados a la que corresponda". Dos disposiciones que la Fiscalía y el Tribunal encargados de perseguir y juzgar los delitos del terrorismo a veces no tienen en cuenta.

El pasado 14 de junio, la Audiencia Nacional absolvió a un matrimonio que en el año 2010, durante una concentración no autorizada celebrada en el guipuzkoano municipio de Hondarribia espetó a la Ertzaintza  "ETA mátalos" seguido de los calificativos "perros españoles, hijos de puta" "mercenarios del estado" y "Gora ETA". Dudamos en qué estaría pensando la Audiencia Nacional para no ver en estas expresiones claras manifestaciones de enaltecimiento del terrorismo. El Tribunal fue claro, consideraba que no encajaban dentro de lo dispuesto en el artículo 578 anteriormente referenciado. Choca que una sala de lo penal de la Audiencia Nacional entienda que la palabra "Gora ETA" sea constitutiva de delito, aunque finalmente no pudo probarlo, mientras que la Fiscalía no inculpa a Josetxo Ibaceta de llevar a cabo un delito de enaltecimiento del terrorismo por manifestar la misma expresión.

Banda Terrorista ETA en rueda de prensa

Consideramos que es necesario que se luche de forma más directa contra este tipo de manifestaciones. No sólo por su falta de ética, moral, humanidad y por ser un claro atentado a favor del terrorismo, si no porque estamos ante un país que aún continúa sin cicatrizar las heridas de una banda armada que hace tan sólo dos años puso un entrecomillado "fin" a una terrible historia de atentados que comenzaron el 18 de julio de 1961. Desde entonces se han sucedido 700, en los que han muerto 857 personas, cosechando miles de heridos y 90 secuestros.
Creemos que por las víctimas, por la memoria de los muertos, por la paz de sus familiares, por la seguridad del país y porque no debemos despertar las ansias sanguinarias del monstruo de ETA, debería perseguirse de forma implacable cualquier expresión que simplemente sembrara la duda. El poder dañino de las palabras debe siempre tenerse en cuenta. y la palabra "Gora ETA militarra" es un claro "Viva" a la organización ETA con todas las consecuencias de asesinatos y destrozos que ha realizado en los últimos 50 años.

21 de junio de 2013

EL HADES DEL BANCO DE ESPAÑA Y SU ELIXIR DE LA INMORTALIDAD

El Olimpo no debía ser un lugar tan paradisiaco como los mortales imaginamos. Según la mitología griega, los Dioses que lo moraban siempre estaban pendientes de los humanos a los que servían. A pesar de su carácter celestial y sus mágicos dones, compartían con los hombres sus debilidades, entre ellas la envidia. Sentían verdaderos celos de su felicidad, y en cuanto les observaban relajados y contentos, les ponían alguna que otra zancadilla no se fueran a acostumbrar a tener lo que ellos tanto deseaban.
El Banco de España, Dios del olimpo de la banca española, parece compartir con sus homólogos celestiales, la debilidad de la envidia. Por ello ha ideado la conocida como CIR o CIRBE (Central de Información de riesgos del Banco de España). Un servicio público que gestiona una base de datos en la que constan todos los créditos, préstamos, avales y riesgos que las entidades tienen con sus clientes, y los impagos de los deudores. Así, el Banco de España, también conocido como nuestro regulador corresponsable del tsunami económico en el que nos encontramos con dejación de las responsabilidades y cooperador por omisión del mismo, nos tendrá en esa base de datos durante toda nuestra vida y probablemente después de nuestro fallecimiento. Un mérito que ni el mismo Zeus ha logrado, otorgarnos el don de la inmortalidad. Un venenoso elixir del que sólo podrán disfrutar los deudores.




Pero los Dioses aprietan, pero no ahogan. Este jueves un auto del Juzgado de 1ª Instancia de Barcelona ha dado un buen bofetón a otro Dios del Olimpo celestial, el Tribunal Supremo. Obliga a una entidad bancaria a descontar la suma económica cobrada de forma indebida en las conocidas como "Cláusulas suelo". Se une así a los dos dictámenes emitidos la semana pasada por una jueza de Orense y otra de Málaga que anulaban estas cláusulas y desobedecían al Supremo pidiendo la devolución del dinero. Según decía, la Ley es más suprema que la Jurisprudencia del Tribunal tal y como recogen los artículos 1303 del Código civil, y el 9.7 de la Constitución Española. Parece que nuestros jueces comienzan a percibir el clamor de unos consumidores y prestatarios que no están dispuestos a soportar más artimañas por parte de las entidades bancarias para obtener beneficios y enriquecimientos injustos.




Toda sociedad tiene que comprender y máxime con una crisis como la que atravesamos, que muchos de los negocios, fábricas o empresas que han cerrado y han dejado deudas, no lo han hecho por una mala gestión si no porque la propia crisis impide el mantenimiento de esos negocios, fábricas, o trabajos autónomos.
El Banco de España consintió durante los últimos años que parte de nuestros bancos jugasen alegremente con el dinero de los accionistas, de los impositores, o de los ciudadanos. Los administradores de gran número de Cajas de ahorros llegaron incluso a utilizar a esos bancos en beneficio propio y de sus amigos y a salir de ellos con importantes sumas millonarias en base a los contratos blindados que ellos mismos auto negociaban. Sin embargo cualquier pequeño o mediano empresario, cualquier comerciante grande o pequeño, o cualquier autónomo, si no podía hacer frente a los vencimientos que tenía con su banco se topaba de bruces con el peso del castigo. Un castigo que hace oídos sordos ante la mala praxis de una entidad que antes de conceder los préstamos debería haber analizado su solvencia y su capacidad de recuperar ese préstamo. Sin embargo nuestro "sacro" regulador, aquel que debe vigilar las buenas prácticas para que el sistema circulatorio financiero funcione, sólo actúa para llevarnos a esa inmortalidad negativa emulando al mitológico barquero Caronte que a cambio de unas monedas llevaba a las almas de los difuntos al hades donde vagaban hasta la eternidad.
Y nosotros nos preguntamos: ¿Cómo una institución que debe estar al servicio de los españoles y cuyo fin es prevenir y controlar a la Banca puede llevar a la desesperación a cientos de miles de personas condenadas a figurar eternamente en una base de datos por la que no podrán obtener un crédito para iniciar su nueva actividad?



Cuando solicitamos un crédito al Banco, se inicia un procedimiento interno que desconocemos. Nuestra entidad acude a diferentes bases de datos por si usted ha dejado de pagar a alguien y así valorar su solvencia. Pero la base de datos más importante, la que prácticamente define la posibilidad de que usted tenga un crédito, fundamentalmente es el CIRBE que puede ser consultado por los bancos con su consentimiento. Lo sorprendente de esta base de datos es que nos dice el riesgo de impago que tenemos con diferentes instituciones financieras, y es inmortal. no se borra nunca. Figura eternamente como una pesada losa que nos recuerda que un día dejamos de pagar nuestras deudas. Nos acompañará toda nuestra vida profesional, hagamos lo que hagamos, como nos acompaña el color de nuestros ojos, de nuestra piel o las huellas digitales. Estaremos fichados para siempre sin posibilidad de modificarlo.

Nuestro sistema jurídico en el ámbito penal busca por encima de todo la reinserción del reo, dándole una segunda, tercera e infinito número de oportunidades. Sin embargo no da nuevas oportunidades al deudor. Y olvida que ha podido dejar de cumplir sus pagos por casos ajenos a su voluntad como es el impago por parte de las administraciones públicas de las deudas que mantiene con los proveedores y que llevan a miles de empresarios autónomos y comerciantes a desaparecer. A diferencia de la justicia Penal, el Banco de España no da segundas oportunidades y sólo ve que tal persona no ha pagado. Eso es lo único que le importa, el hecho, no la causa.
Tenemos derecho todos a borrar nuestro pasado, resetear nuestro disco duro y volver a reiniciarnos y reinventarnos. Si lo tienen las máquinas ¿por qué no las personas?. Tenemos derecho a que los errores que hayamos cometido en el pasado, ya sean por nuestra negligencia o sobrevenidos por causas ajenas no sean un obstáculo para retomar nuestra actividad profesional. ¿Acaso estamos condenados a seguir anclados en el CIRBE que es como ese monstruo que guarda la guarida de los morosos de donde nunca saldremos?. Las demás bases de datos como ASNEF tienen un plazo máximo de cinco años, a partir del cual se borra automáticamente cualquier registro que figure en él.

La gran sorpresa es que esta injusticia está avalada con el visto bueno del Banco de España. Nuestro regulador reencarnado en los Dioses griegos nos recuerda eternamente que un día no pagamos un crédito y nos condena al ostracismo de no poder volver a emprender ninguna nueva actividad, sin importarle el origen o las causas de nuestras deudas. En el hades de las deudas nos recibe sonriente el Banco de España con un cartel que rememorando al infierno de Dante dice "Bienvenido al CIRBE quien llega a él pierde toda esperanza de salvación".

No creemos que en el infierno de Dante usaran gafas de sol para protegerse de los fuegos perpetuos. Les recordamos que este sábado LOS HOMBRES PREFIEREN publica nueva entrada. Es verano, y apetece lucir gafas de sol, sacamos a la luz los modelos más estilosos. Mery Serra y Nieves Ruiz nos lo cuentan. ¿Sabía que Marcello Mastroniani fue el primero en lucir en el cine el primer par de gafas basadas en las que llevaban los aviadores para protegerse del sol? Todo eso y mucho más en:

  


19 de junio de 2013

BANCOS PREPOTENTES, DESAFIANTES Y SU CLÁUSULA SUELO

Ya lo decía el poeta y filósofo Emerson Ralph Waldo: "El dinero a veces resulta demasiado caro", y lo decía en pleno siglo XIX. Se ve que las cosas no han cambiado mucho desde entonces. Suponemos que Waldo estaría pensando en los préstamos bancarios y en el hecho de que nadie da un avión por un duro.
El pasado 27 de mayo analizábamos en nuestro artículo LOS DESAHUCIOS EL TALÓN DE AQUILES DEL GOBIERNO, la responsabilidad que tienen los bancos en la concesión de las hipotecas y la necesidad de que compartan los riesgos con los clientes, ya que en todo negocio que se preste, el riesgo debe recaer en las dos partes, aunque una de ellas se llame "Banco".

Este miércoles les hablamos de la Cláusula Suelo como uno de los mayores engaños al que se han visto sometidos miles de prestatarios en nuestro país y un claro ejemplo de que cuando se negocia con una entidad bancaria, quien asume el riesgo final es el cliente cuando deben de compartirlo como en todo negocio.
Se lo explicaremos con un ejemplo: Imagínese que quiere pedir un préstamo hipotecario para comprar una vivienda. Su entidad bancaria se lo concede, pero la cláusula estipula que usted pagará mensualmente el valor del Euribor (el tipo de interés al que se conceden las hipotecas en España), más un diferencial que es el beneficio que obtiene el banco por su intervención en la hipoteca. Así en dinero contante y sonante usted pagaría el precio del Euribor, que durante el mes de junio está a 0,49% de media, más un 1% o un 1,50% de diferencial estipulado por la intermediación de la entidad. Todo ello haría un total de entre un 1,50% o un 2%. En las cláusulas de nuestra hipoteca se nos dice que en caso de que el Euribor baje y se ponga por debajo del 4% (el suelo de la cláusula) la propia entidad se embolsará directamente ese diferencial de entre 1 punto y medio y 2. El engaño radica en que mes a mes el Euribor va bajando mientras que el Banco Central Europeo continúa imponiendo una senda descendente en sus tipos de interés. El fin de estas bajadas es que el crédito llegue a empresas y consumidores para así estimular la demanda interna, sin embargo los ciudadanos somos los más perjudicados mientras que los bancos incrementan sus cuentas. Ésto es absolutamente aberrante puesto que existe un pacto por el cual la entidad bancaria estipula el margen que quiere obtener de ese crédito durante su vigencia.

Para el 90% de los hipotecados estos créditos son casi de adhesión. Los clientes que firman este tipo de contratos se encuentran con enormes dificultades jurídicas en su lectura, unidas a la celeridad con la que  firman el contrato e incluso la propia obstinación por disponer del crédito con el que podrán comprar el piso y que les lleva a firmar sin leer en profundidad las verdaderas condiciones y sin entender lo que significa la cláusula suelo.

Después de mucha lucha en los tribunales, el Supremo se ha posicionado a favor de los prestatarios confirmando la sentencia de 1ª y 2ª Instancia de Juzgados y Audiencias. El Tribunal entiende que estas cláusulas son abusivas si no se explica diligentemente su contenido en el momento de la firma de la hipoteca. Y aclara que no es suficiente la mera lectura del notario, porque hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos estamos ante personas con ansiedad de comprar y desconocimiento de lo que significan los pormenores del contrato. Ésto se enmascara con un techo máximo para una hipotética subida del Euribor que podría estimarse entre el 8% y el 12% prometiendo a los clientes que una vez rebasada esta tasa no aumentará su hipoteca. Sería más fácil, teniendo en cuenta el valor actual del tipo de interés, que una civilización terrícola poblara Marte a que esta situación se produjera, por lo que consideramos que es claramente abusivo y engañoso porque no parece probable llegar a los tipos de interés de principios de los años 80 después de la segunda crisis del petroleo.

El Tribunal Supremo nos da la razón y afirma que debe haber una correspondencia entre el suelo y el techo de este tipo de contratos. En la actualidad y vistos los numerosos casos que nos llegan, estamos en disposición de decir que nos encontramos ante una práctica engañosa. La mayor parte de las entidades bancarias han hecho oídos sordos a las advertencias del Supremo, y continúan adelante con su política de cláusulas abusivas. Nuestras entidades pretenden que cada uno de los afectados vayan a hacer una demanda al Juzgado de 1ª Instancia, que pase la audiencia y llegue hasta el Tribunal Supremo para obtener la modificación de esta cláusula suelo. Es decir que el afectado pague 300 euros de tasas más el 0,01% del valor de la reclamación, más el coste del abogado y el procurador. De esta manera se asegurarían de que miles de españoles que viven ahogados para llegar a fin de mes no puedan acudir a la tutelas de los Tribunales. Estas entidades bancarias que "trafican" con la cláusula suelo no quieren aceptar su modificación aludiendo que en todo momento han obrado con claridad y transparencia.
La actitud de los bancos no deja de ser un acto de prepotencia. Conocedores de la sentencia del Supremo, continúan perjudicando y enriqueciéndose a costa de cientos de miles de españoles que han ayudado con sus impuestos a hacer frente a las deudas financieras de una banca que sólo mira por su interés.
No deja de ser una postura y un desafío frente a la sociedad y un acto totalmente falto de ética y decoro, realizado a sabiendas de la falta de recursos que tienen miles de españoles. Una falta de liquidez a la que ellos mismos han contribuido restringiendo el crédito y aprovechándose de la lentitud de nuestro sistema judicial, así como del "coto inexpugnable" que significa la Ley de Tasas.
La sociedad española no puede consentir bajo ningún concepto que unos bancos que en sí mismos son sólo una ficha concedida por el Banco de España, y sabiendo la ilicitud de sus cláusulas, las sigan manteniendo en provecho de ellos. La única solución que se nos ocurre sería que les quitaran las cuentas y los depósitos a esos bancos PREPOTENTES, DESAFIANTES Y ARROGANTES y se las dieran a las entidades que sí han aceptado, aunque sea a la fuerza, la sentencia del Tribunal Supremo.
Este dictamen viene cargado de polémica. Se ha llegado a decir que es una sentencia favorable a los intereses de la banca en cuanto a que no se pide la devolución del dinero percibido ilícitamente, pero lo cierto es que no se pidió esa devolución. Pero hace un par de semanas dos jueces, una de Orense y otra de Málaga desafiaron al mismísimo Supremo desoyendo su jurisprudencia y entendiendo que la Ley está por encima de ella, amparándose en lo dispuesto en el artículo 1303 del Código Civil que establece que "declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio de los intereses" y el Principio de Seguridad Jurídica contenido en el artículo 9.3 de la Constitución Española que establece que "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos". Ambas jueces llegaron a las entidades bancarias a devolver la suma de dinero correspondiente a la aplicación de la cláusula nula.

Vamos a esperar unos días a ver si estos bancos a los cuales no les importan los consumidores ni el sacrificio de la sociedad española, modifican su posición. De lo contrario habrá que dar los nombres y pedir a los consumidores que actúen en consecuencia no trabajando con ellos y retirando los depósitos y la cuentas bancarias y llevándoselas a aquellos que están cumpliendo aunque sea a la fuerza. Ese sin duda sería el mejor castigo.
Los bancos argumentan que podría quebrar el sistema financiero, pero la realidad es que si los accionistas y administradores han percibido unas cantidades por adelantado que eran ilícitas, hay que devolverlas. A los accionistas les han adelantado un dinero que no tenían que haberlo cobrado vía dividendos, ahora tendrían que descontarlo. Si pedimos a los bancos que devuelvan el dinero como han hecho las dos jueces de Orense y Málaga, estamos seguros que no repercutiría en el sistema financiero, si no en los accionistas. El riesgo así sería equilibrado. Seguimos manteniendo que los bancos son un negocio y no una ONG pero esos beneficios deben ser obtenidos de una manera lícita y sin abuso a los consumidores y clientes.